Legalizar un libro es un paso previo e imprescindible para su publicación, sea cual fuere la modalidad elegida. Para legalizar una obra, literaria o no, es necesario dotarlo de identidad propia, de manera que se diferencie de los demás a pesar de posibles coincidencias en título y autor, mediante: Depósito legal, Código de barras e ISBN. Resulta, como decimos, una acción imprescindible para publicar un libro con todas las garantías.
Otra cosa distinta es dar de alta la obra en el Registro de la Propiedad Intelectual, algo que podemos hacer dirigiéndonos a la oficina del Registro Nacional de la Propiedad Intelectual o bien a cualquier Delegación del Registro de la Propiedad Intelectual de las que se distribuyen a lo largo del territorio español.
Realizar este registro es absolutamente voluntario y debe hacerlo siempre el/la propio/a autor/a de la obra que se pretenda registrar. En el propio registro le informarán de plazos y precios, además de comunicarle la manera que tendrá el registro de comunicar si la obra ha sido registrada o bien si el silencio administrativo, pasado el tiempo, determina que la obra es original de quien la registró.
Registrar un manuscrito en el Registro de la Propiedad Intelectual permite determinar quién es su propietario legal y lo mantiene a salvo de posibles plagios o malos usos. Son muchos los autores que realizan dicho registro antes de enviar su manuscrito a las editoriales, seguramente por el temor a una publicación a sus espaldas. Esto es algo que no va a suceder; si ya son reacias a publicar, cuanto más si la obra no les ha sido cedida legalmente. Sin embargo, es importante este registro de cara a su envío plataformas de dudosa catadura y de fines no del todo claro, presuntos agentes literarios que no son tales e iluminados de toda índole que bajo la promesa de «publicar gratis» acceden a no pocos manuscritos de los que dispones a su arbitrio si no se encuentran registrados (en ocasiones aunque se encuentren perfectamente legalizados). Ni que decir tiene que es fundamental enviar el manuscrito a editoriales y agentes literarios que se identifiquen plenamente a través de sus páginas webs y que sean de España. Lo contrario puede llevar al autor de la obra a no pocos quebraderos de cabeza.
Un libro plagiado allende nuestras fronteras por un falso agente o una plataforma de dudosas intenciones resulta muy difícil de reconducir por las autoridades, por más que sea denunciable. Por el contrario, ninguna editorial, sea de la índole que fuere, va a sacar adelante la publicación de una obra sin consentimiento del autor, mucho menos a plagiarla porque no es ese su negocio. Mucho cuidado con enviar fragmentos de obra a portales, blogs o redes sociales sin identificar. Recomendamos a los autores que sea muy cautos con estos personajes que, de manera muy personalista, se ofrecen para publicar libros garantizando, de forma ladina, grandes éxitos para su autor. Todo ello a cambio de unos honorarios que no se sabe muy bien a qué van destinados.
También instamos a tener cuidado con aquellos que ofrecen servicios editoriales sin identificar donde se encuentra su sede fiscal y física. Con estos personajes hay que tener cuidado de verdad. Tenga en cuenta que son las editoriales las que deben corregir los manuscritos y que un manuscrito no va a ser aceptado por muy bien corregido que esté ni por muy recomendado que venga; las editoriales son potestativas y atienden exclusivamente a sus equipos de lectura a la hora de decidir sobre posibles publicaciones. El ISBN es en Documento Nacional e Internacional de Identidad e un libro. Son las editoriales las encargadas de solicitar el ISBN Editorial, a diferencia de los particulares, que pueden solicitar un ISBN de autor. El ISBN se compone de 10 dígitos que de distribuyen de la siguiente manera: Código del país o de la lengua de en la que se ha escrito el manuscrito original (sin menoscabo de futuras traducciones, identificación del editor, número de producto y, por último, un dígito de control que permite prevenir e identificar posibles errores o duplicaciones de la edición.
El código de barras de un libro, que se va a colocar en alguna parte de la base de la contraportada, se basa en el número asignado de ISBN. Existen numerosas webs donde conseguir transforma el IBS en código de barras. Este código va a permitir el normal escaneo de las librerías cuando un libro sea consultado o adquirido. Este código contiene toda la información que se necesita para la normal distribución de una obra literaria y resulta de máxima utilidad para libreros, editores y distribuidores. También es fundamental para poder realizar ventas a través de internet. Sin él, la comercialización de un libro no es ni posible ni legal en todo el territorio español.
El Depósito Legal, según la web de Bibliotecas Nacionales: «tiene como objetivola recopilación del patrimonio cultural e intelectual de cada país, con el fin de ponerlo a disposición de los ciudadanos». De este modo, el Depósito legal implica el envío a Bibliotecas Nacionales de varios ejemplares del título legalizado.
Si bien el Depósito Legal no es preceptivo a la hora de publicar un libro, solo las editoriales tradicionales incluyen esta otra fórmula de completar la legalización de un libro, a diferencia de las editoriales de autoedición que no suelen incluirlo en sus propuestas. Es, pues, una forma de diferenciar entre editoriales o empresas de autoedición, personajes que prometen esto o aquello en sus blogs o páginas webs y las editoriales que de verdad luchan por sacar adelante a los autores cuyas obras representan.